TF Capataz/a, Conductor/a de Vehículos Especiales, Operario/a Especializado/a Motoserrista y Operario/a Medio Ambiente
Descripción:
Se solicita Capataz/a, Conductor/a de Vehículos Especiales, Operario/a Especializado/a Motoserrista y Operario/a para proyectos de la Dirección de Medio Ambiente Santa Cruz de Tenerife y Transición Ecológica en la isla de Tenerife.
Requisitos:
Los requisitos del perfil de Capataz/a incendios son:
Formación académica (mínima requerida):
- Ciclo Formativo de Grado Medio, preferentemente vinculado a la rama de seguridad y medio ambiente.
Formación complementaria:
- Se requiere formación en Prevención de Riesgos Laborales con una duración mínima de 60 horas.
- Se valorará formación específica en extinción de incendios forestales.
Experiencia:
- Se requiere experiencia mínima de dos campañas de extinción de incendios como Jefe/a de Brigada.
- Se valorará la experiencia en trabajos de selvicultura preventiva o en actuaciones medioambientales.
Imprescindible estar en posesión del carnet de conducir tipo B, valorándose disponer del carnet de conducir tipo C.
Las funciones del perfil son:
- Ejecución de trabajos de selvicultura preventiva y labores de vigilancia y extinción durante la Campaña de Extinción de Incendios Forestales del Cabildo de Tenerife, siempre bajo las instrucciones del coordinador de campo o personal técnico.
- Transmisión al personal a su cargo de las instrucciones recibidas, velando por su correcta comprensión y ejecución.
- Información a los mandos de todos aquellos aspectos relevantes que influyan en el desarrollo del servicio.
- Promoción y participación en actividades de formación, entrenamiento y preparación física.
- Control de las necesidades de equipamiento y material del personal a su cargo.
- Apoyo en la gestión de inventarios de materiales, equipos de protección individual (EPIs), equipos complementarios y herramientas.
Los requisitos del perfil de Conductor/a de vehículos especiales de incendios son:
Formación académica (mínima requerida):
- No se requiere.
Formación complementaria:
- Se valorará formación en Prevención de Riesgos Laborales.
- Se valorará formación en conducción de vehículos de extinción de incendios.
- Se valorará formación específica en extinción de incendios forestales.
Experiencia:
- Se requiere experiencia mínima de una campaña de extinción de incendios forestales como conductor/a de vehículos especiales o como operario/a especialista brigadista.
- Se valorará la experiencia en trabajos de selvicultura preventiva o actuaciones medio ambientales.
Imprescindible estar en posesión del carnet de conducir tipo B y C.
Las funciones del perfil son:
- Conducción, mantenimiento y desplazamiento del vehículo o vehículos asignados, siguiendo las instrucciones del capataz (jefe/a de brigada), coordinador/a de campo o personal técnico.
- Mantenimiento del vehículo asignado y de los materiales de dotación, así como la cumplimentación periódica de los partes de revisión y verificación correspondientes (engrase, niveles de fluidos, frenos, alumbrado y cualquier otro elemento necesario para su correcto funcionamiento).
- Colaboración en labores de selvicultura preventiva cuando sea requerido por un superior.
- Fuera de la campaña de incendios, realización de funciones similares o idénticas a las de un/a operario/a especializado/a, ya sea con maquinaria ligera (previa autorización) o con herramientas manuales.
- Participación activa en las actividades de formación, entrenamiento y preparación física establecidas.
Los requisitos del perfil de Operario/a especializado/a motoserrista incendios son:
Formación académica (mínima requerida):
- No se requiere.
Formación complementaria:
- Se requiere formación mínima de 20 horas en manejo de Motosierra.
- Se valorará formación en Prevención de Riesgos Laborales.
- Se valorará formación específica en extinción de incendios forestales.
Experiencia:
- Se requiere experiencia mínima de dos campañas de extinción de incendios como motoserrista de brigadas de extinción.
- Se valorará la experiencia en trabajos de selvicultura preventiva o actuaciones medio ambientales.
Imprescindible estar en posesión del carnet de conducir tipo B, valorándose disponer del carnet de conducir tipo C.
Las funciones del perfil son:
- Ejecución de trabajos de vigilancia, extinción o tratamientos preventivos encomendados por un superior.
- Mantenimiento y correcto uso de todas las herramientas o maquinaria a su cargo.
- Participación activa en actividades de formación, entrenamiento y preparación física establecidas.
Los requisitos del perfil de Peón/a incendios son:
Formación académica (mínima requerida):
- No se requiere.
Formación complementaria:
- Se valorará formación en Prevención de Riesgos Laborales.
- Se valorará formación específica en extinción de incendios forestales.
Experiencia:
- Se requiere experiencia mínima de una campaña de extinción de incendios como operario/a de brigadas de extinción.
- Se valorará experiencia en trabajos de selvicultura preventiva o en actuaciones medioambientales.
Imprescindible estar en posesión del carnet de conducir tipo B.
Las funciones del perfil son:
- Ejecución de trabajos de vigilancia, extinción o tratamientos preventivos encomendados por un superior.
- Mantenimiento y correcto uso de todas las herramientas o maquinaria a su cargo.
- Participación activa en actividades de formación, entrenamiento y preparación física establecidas.
¡IMPORTANTE!
Todos los perfiles deben encontrarse en buena forma física, se realizará una prueba física durante el proceso de selección.
Lugar de trabajo:
Sede en Tenerife.
Tipo de contrato:
Fijo/Discontinuo (300).
Retribución:
Capataz/a: 1.500,14€ Brutos + Posibles pluses.
Conductor/a de Vehículos Especiales: 1500,14€ Brutos + Posibles pluses.
Operario/a Especializado/a Motoserrista: 1.411,39 € Brutos + Posibles pluses.
Operario/a: 1.381,33 € Brutos + Posibles pluses.
Observaciones:
Las personas inscritas en la oferta deberán acreditar la formación y la experiencia con carácter obligatorio.
Todas las candidaturas serán valoradas en igualdad de condiciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, sobre los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En caso de detectarse situaciones de desigualdad, la empresa se reserva el derecho a aplicar medidas específicas de acción positiva, conforme a lo previsto en la legislación vigente y en su Plan de Igualdad.